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Información de la Jefatura Serv. de Conservación y Edificación Deficiente sobre el Beti-Jai

A continuación os trasladamos la información que nos remitió la Jefatura Serv. de Conservación y Edificación Deficiente del Ayuntamiento de Madrid el pasado día 18. Os pedimos disculpas por el retraso en remitírosla, pero nos ha sido imposible publicarla antes.



Como continuación a información anteriormente remitida y contestando a su correo de 9 de junio de 2010, le informo:

1- La propiedad presentó recurso ante la resolución del Sr. Director General de Ejecución y Control de la Edificación de fecha 29 de diciembre de 2009 ordenando la ejecución subsidiaria y también ante la resolución de fecha 5 de febrero de 2010 requiriendo el acceso a la finca para poder llevar a cabo la Ejecución Subsidiaria de adopción de medidas de seguridad que sólo se pudieron llevar a efecto en la fachada a vía pública.

Tales recursos fueron desestimados, y recibidas las notificaciones por la propiedad, la última con fecha 6 de mayo de 2010.

2- En escrito con fecha de registro municipal 5 de mayo de 2010 el representante de la propiedad manifiesta su firme voluntad de ejecutar las obras contenidas en la resolución del Sr. Director General de Ejecución y Control de la Edificación de fecha 7 de agosto de 2008 (expediente principal 711/1999/04173), solicitando se le permita a la propiedad el continuar dichas obras a cuyo fin aporta datos y compromiso de Dirección Facultativa y Empresa Constructora.

3- Con fecha 27 de mayo de 2010 el Sr. Director General emite resolución en la que constan las siguientes disposiciones:

Requerir a la propiedad de la finca nº 7 de la Calle del Marqués de Riscal para que, en el plazo máximo de 15 días, formalice un Acta de Relevo suscrita por representante de la propiedad del inmueble, dirección facultativa, representante de la empresa adjudicataria contratada y técnicos municipales directores de las medidas de seguridad adoptadas, en el que la propiedad se haga cargo de las medidas de seguridad adoptadas en Ejecución Subsidiaria y asuma la continuación de las medidas de seguridad ordenadas en la Resolución de fecha 7 de agosto de 2.008 pendientes de ejecutar, que deberán reiniciarse en el momento de la firma del Acta de Relevo.

Requerir a la propiedad de la finca nº 7 de la Calle del Marqués de Riscal para que, una vez firmada el Acta de Relevo anteriormente mencionada, y en el plazo de 6 meses fijado para realizar las obras ordenadas en la Resolución de fecha 7 de agosto de 2.008, aporte informe y certificado de idoneidad de la dirección facultativa, visado por el Colegio Oficial correspondiente.

Poner en conocimiento de la propiedad de la finca nº 7 de la Calle del Marqués de Riscal que la paralización temporal de las obras o la no sujeción a lo estrictamente ordenado, supondrá retomar por Ejecución Subsidiaria la adopción de las medidas de seguridad necesarias en cumplimiento de la Resolución de fecha 29 de diciembre de 2.009.

Esta resolución fue notificada a la propiedad con fecha 27 de mayo de 2010, no constando todavía el acuse de recibo.


Agradecemos la información recibida y animamos al Ayuntamiento de Madrid a que ejerza sus competencias y empiece cuanto antes con las obras de consolidación, no dejándose engañar por la propiedad. No es de recibo que, tras años de engaños y patrañas, la propiedad se salga con la suya. Para la Plataforma Salvemos el Frontón Beti-Jai de Madrid, la propiedad carece de credibilidad alguna, tal y como demuestra las acciones que ha llevado a cabo en el Beti-Jai con el único objetivo de su degradación.